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Registro Civil y Juzgado de Paz

Registro Civil

Horario: Martes y Jueves, 17:00 - 19:00
Teléfono: 949 278 199
Mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. / Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Dirección: Plaza Mayor s/n

El Registro Civil en España es un servicio público y gratuito. Por lo tanto, los trámites realizados en esta oficina no tienen coste alguno para los usuarios.
Nuestro Juzgado de Paz / Registro Civil no dispone de una pagina web propia, más allá de la página oficial del Ayuntamiento de Villanueva de la Torre y la del Ministerio de Justicia. Así, advertimos a la ciudadanía que cualquier otra página web que les solicite un pago a cambio de gestionar trámites de nuestra competencia puede tratarse de una gestoría u otro tipo de negocio que les cobrará por realizar este trámite.
Prevenir en todo caso de la existencia de sitios web fraudulentos, que en los últimos años han aparecido, y del cuidado que se debe tener para no realizar pagos ni facilitar sus datos si no están seguros de que se trata de alguna página web segura.

El horario de atención al público es los martes y jueves de 17H a 19H, salvo modificaciones durante los meses de junio y julio, las cuales se anunciarán en la puerta del correspondiente juzgado / registro.

Descripción de funciones:

- Inscripción de nacimientos / matrimonios / defunciones
- Tramitación de expedientes matrimoniales (siempre y cuando al menos uno de los futuros contrayentes esté empadronado en nuestro municipio)
- Celebración de matrimonios (previo abono de la tasa establecida por el ayuntamiento por la utilización del salón de actos que corresponda, en función de la normativa vigente en el momento de celebración)
- Expedición de certificados de nacimiento, matrimonio y defunción
- Fe de vida (para personas que actualmente estén empadronadas en nuestro municipio, siendo necesario que el interesado en cuestión se persone en el juzgado/registro)
- Celebración de actos de conciliación

Lamentamos informar que carecemos de competencia para poder atender consultas jurídicas que no tengan relación las funciones que nos son propias.

En este Juzgado de Paz / Registro Civil no trabajamos con el sistema de cita previa, pero agradecemos que previamente nos llamen o consulten por correo electrónico la disponibilidad que tenemos, de manera que podamos atenderles de la mejor manera posible.

Modificado por última vez enLunes, 14 Octubre 2024 10:33
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